Mostrando las entradas con la etiqueta hipoacusia. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta hipoacusia. Mostrar todas las entradas

05 junio, 2013

Efectividad del cribado universal de hipoacusia en Recién Nacidos

 Un artículo que no por viejo, deja de estar siempre vigente, aunque en Argentina, esto se haya impuesto por ley a todos los RN, existen grupos de riesgo claramente identificables. 
Sus autores son parte de lo mejor de la pediatria española. Por cierto, con un gran impulso en la pediatria basada en la evidencia, aunque este articulo se cita como: J.Gonzalez de Dios, J moller Maser, M. Rebagallato Rusof. An Pediatri. 2005; 63 (3) 230-7. J.Gonzalez de Dios, J moller Maser, M. Rebagallato Rusof. An Pediatri. 2005; 63 (3) 230-7. Y el enlace original a la revista

Factores de Riesgo:



Beneficios
Efectos positivos para la salud (aquí es muy importante diferenciar la validez del programa frente a la validez de la prueba de cribado), generalmente valorados a través de los verdaderos positivos y verdaderos negativos.
En el cribado de la hipoacusia neonatal existen datos suficientes que hablan de la validez de las pruebas de detección precoz (OEA y/o PEA), pero los datos sobre la validez del programa de detección precoz universal de la hipoacusia (frente a grupos de riesgo) son más confusos: a corto plazo parece inferirse un adelanto de unos 6-9 meses en el diagnóstico y tratamiento de los niños con hipoacusia moderada a profunda, pero queda por demostrar que esto no es una variable intermedia (surrogated end-point) respecto al pronóstico a largo plazo en las variables finales que implican una mejoría en la calidad de vida (las mejoras en el lenguaje prelocutivo deberán implicar en el futuro mejor función educativa, ocupacional y social).
Perjuicios
Analizar los posibles efectos secundarios (especialmente los basados en el diagnóstico precoz), como los FP, que producen una ansiedad innecesaria y la práctica de pruebas de confirmación diagnóstica, y el fenómeno de etiquetado, que es el proceso psicológico producido en una persona que se siente sana al comunicársele la probable existencia de una enfermedad.

Download

26 julio, 2011

Cribado para hipoacusia

La ley 25.415 establece que el Ministerio de Salud garantizará el control auditivo a todos los recién nacidos y fijará las prestaciones esenciales a incluir en el Programa Médico Obligatorio (PMO) para la atención de la hipoacusia, las que se actualizarán toda vez que el avance de la técnica y la ciencia lo amerite.

El Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia estará a cargo del Ministerio de Salud y tiene el objetivo de promover las políticas necesarias a los efectos de garantizar, progresivamente, la realización de una pesquisa auditiva a todos los recién nacidos en el territorio de la Argentina.

La reglamentación establece que esta cartera fijará el procedimiento de diagnóstico temprano de la hipoacusia acorde al avance de la ciencia y la tecnología y a las posibilidades que presente la red federal sanitaria, se informó oficialmente.

Este programa funcionará en el ámbito de la Secretaría de Promoción y Programas Sanitarios del Ministerio de Salud.

En los considerandos de la reglamentación de la ley se plantea que, según datos actuales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la incidencia de la hipoacusia es de cinco casos cada mil recién nacidos.

En los casos de hipoacusias moderadas a profundas, las cifras oscilan entre uno y tres por mil y en las hipoacusias severas a profundas los valores se sitúan aproximadamente en uno de cada mil recién nacidos.

En lo que respecta al diagnóstico de la hipoacusia infantil, la precocidad en la realización de los estudios exploratorios es fundamental ya que advertir la deficiencia a tiempo permite iniciar en forma oportuna una rehabilitación temprana.

La reglamentación tiene, asimismo, el objetivo de impulsar un programa nacional que coordine y administre las acciones ya existentes, planificando y desarrollando aquellas que permitan garantizar el diagnóstico y el tratamiento de la hipoacusia infantil a todos los recién nacidos.

El decreto 1093/2011 que reglamenta esta ley lleva la firma de la presidente, Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y el ministro de Salud, Juan Manzur.

FUENTE: Télam



Sensibilidad y especificidad de métodos diagnosticos:



Numbers of patients with and without the disease who test positive and negative:

Disease presentDisease absentTotal
Test positive438
Test negative9562
Total40996010000
or
disease prevalence, test sensitivity, and test specificity (and, optionally, sample size):

Prevalence (e.g. 0.10):
Sensitivity (e.g. 0.80):
Specificity (e.g. 0.80):
Total sample size:


Asumiendo uno de los métodos y la peor prevalencia, no queda claro si esto es factible de realizarse en todo el país. Por otro lado, el 90% de los resultados, aproximadamente serán falsos positivos.  Dando lugar a una cascada diagnóstica innecesaria y hasta iatrogénica para  las familias de estos niños.